sábado, noviembre 1, 2025
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Se propuso una "Zona 30" para vehículos del Centro de Luján

Siguen las medidas de prevención de accidentes

Se propuso una «Zona 30» para vehículos del Centro de Luján

A la ya aprobada «Zona 30» para Chacras de Coria se suma la  “Zona de Velocidad Vehicular Máxima de 30 km/h” a un circuito del centro de Luján, a propuesta del concejal Silverio Gatica, que fue aprobada por el cuerpo deliberativo.

El perímetro abarca:

a)      Desde Rotonda de la Virgen (Ciudad) hacia el Norte por calle Chile hasta intersección calle Alberti (Mayor Drummond)

b)      Por calle Alberti hacia el Este hasta intersección calle San Martín (Mayor Drummond)

c)      Por calle San Martín hacia el Sur hasta calle Congreso de Tucumán

d)      Por Congreso de Tucumán hacia el Este hasta intersección calle América – Bº Huentota I

e)      Por calle América hacia el Sur hasta intersección calle Azcuénaga (Ciudad)

f)       Por Azcuénaga hacia el Oeste hasta intersección con calle Gascón

g)      Por calle Gascón hacia el Sur hasta empalme con calle Balcarce

h)      Por Balcarce hasta intersección calle República de Siria

i)        Por República de Siria hacia el Sur hasta intersección con calle 9 de Julio

j)        Por calle 9 de Julio hacia el Oeste intersección calle San Martín

k)     Continuando por calle Lamadrid hacia el Oeste hasta intersección calle Cipolletti

l)       Cipolletti hacia el Norte hasta empalme inicial con rotonda de la Virgen.

«También se considerará a las calles internas y avenidas principales que conforman el perímetro señalado  como integrantes de la “Zona de Velocidad Vehicular Máxima de 30 km/h”, aplicándose iguales sanciones en el caso de incumplimiento por exceder los parámetros establecidos.El organo de contralor será la Dirección de Policía Vial Municipal quien tendrá la responsabilidad de aplicar la presente Ordenanza y todas aquellas creadas para tal fín, en concordancia con las leyes de tránsito Provinciales vigentes.»

El edil radical indicó que la ordenanza indica que el Ejecutivo Municipal procederá a la instalación de cartelería lumínica y/o reflectaría, que indique el límite de velocidad establecida en 30 km/h, «salvo en lugares donde se establece menor velocidad (cruces escolares), en toda la zona comprendida en la ordenanza y en lugares específicos a determinar, pero que en ingresos importantes y de máxima circulación vehicular, deben ser obligatorios.»

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